Descargas
Ley de Acceso a la Información Pública de Chile24-04-2009
“Solicitar información pública debe ser parte del ADN profesional de los periodistas”
El pasado 20 de abril entró en vigencia en Chile la nueva Ley sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información del Estado. La implementación de esta ley significa un avance del Estado chileno por transparentar el ejercicio de la función pública y dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes.
Con la nueva Ley N° 20.285, la administración pública está obligada a responder en un plazo de 20 días las solicitudes de datos realizadas por la ciudadanía. Además, se introduce el principio de transparencia activa que obliga a todas las entidades estatales a publicar en sus sitios web la información referida a sueldos, contratos y adquisiciones públicas, entre otros temas.
La norma contempla la creación de un organismo que tendrá un rol clave en su aplicación: el Consejo para la Transparencia. A este Consejo, todas las personas podrán recurrir en caso que se les niegue información pública. El Consejo para la Transparencia será, en definitiva, el garante de que los datos sean formalmente entregados siempre que no exista una causa legal de excepción.
La entrada en vigencia de la ley de acceso a la información pública, da cuenta de la necesidad de avanzar en procesos de capacitación, y en la promoción de prácticas de transparencia en el interior de los órganos públicos. Es por esto que la Fundación Pro Acceso de Chile, comenzó hace un año atrás a instruir e informar a agentes y funcionarios públicos.
Pablo Soto Delgado, abogado y jefe de estudios de Pro Acceso, asegura que “existe sin duda preocupación por parte de los órganos del Estado respecto de la implementación de la ley, para lo cual están solicitando que se capacite a los funcionarios públicos en este tema”. Agrega que ésta “es una actividad fundamental, porque el derecho de acceso a la información es algo ajeno al funcionamiento que hasta ahora ha tenido el Estado, por lo cual, se hace necesario que los funcionarios adquieran competencias para resolver cuestiones donde lo que está en juego es un derecho fundamental y las bases del sistema democrático”.
Al ser consultado sobre la importancia de este proceso en Chile, pone énfasis en que “a través de una norma democráticamente producida, se pretende llevar a cabo un cambio cultural en cuanto a la rendición de cuentas de parte de los órganos del Estado”.
Soto pone el foco especialmente en el periodismo al resaltar que “son los periodistas quienes podrán actuar como principales difusores hacia la opinión pública (…) tendrán un rol fundamental de divulgación y de amplificación de la información hacia los ciudadanos, pues, serán ellos quienes podrán hacer visibles los resultados de esta nueva ley”.
Por su parte, Claudia Lagos, periodista y coordinadora del programa de Libertad de Expresión del Instituto de la Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile se muestra esperanzada con la nueva ley. Asegura que se trata de un paso fundamental: “permite avanzar en lo que algunos periodistas hemos venido haciendo. Es evidente que es más difícil visualizarla como una herramienta para el reporteo diario, pero sí para temas más de largo aliento y/o centrales en la pauta de los medios o de los periodistas free lance”. Afirma que “es indispensable difundirla, fomentarla, compartir experiencias y que deje de ser un recurso que utilizamos algunos pocos periodistas o investigadores”.
- ¿Cree que con la entrada en vigencia de la ley los periodistas se interesarán más por la herramienta y realizarán más peticiones formales?
- Creo que algunos, quienes ya han venido utilizándola hasta ahora. Por eso es muy importante compartir la experiencia que permita fomentar en otros colegas su uso. Creo que depende también mucho del respaldo y la convicción de los mandos superiores de los medios de comunicación en la importancia que le den a esta nueva herramienta y al apoyo formal y legal que desde los grandes medios puedan otorgar a sus reporteros para fomentar su uso. Es muy distinto solicitar a título personal que a título de un medio.
Consultada sobre los problemas que puedan surgir una vez entrada en vigencia la ley, Lagos especulas sobre una serie de posibilidades, “la capacidad de respuesta de los funcionarios y de los organismos públicos; el uso de la herramienta por parte de la prensa como parte de la confrontación con el Estado, más que como una herramienta de fiscalización; la pertinencia, precisión, especificidad y claridad de las peticiones”, son algunas de sus observaciones. “En definitiva, la capacidad para formular buenas peticiones”, concluye.
- ¿Qué rol prevé para las facultades de periodismo?
- El rol de las escuelas de periodismo debe apuntar a formar a las futuras generaciones con la inquietud, el conocimiento del marco legal y la capacidad mínima de formular peticiones en este contexto con pleno apego a las prácticas de reporteo. Para las futuras generaciones que estamos formando, solicitar información pública debe ser parte de su ADN profesional. Debe ser parte de su caja de herramientas de reporteo.
Junto con Chile, son diez los países de la región que cuentan con una ley nacional que regule el acceso a la información pública. Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Uruguay son los demás. En Latinoamérica, el proceso de sanción de normas se aceleró desde 2006, cuando sólo cinco de estos países tenían este tipo de norma. Sin duda, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre esta materia en el caso Claude Reyes vs. Chile, ha marcado el ritmo de este avance.
Si bien esta nueva ley es perfectible, también viene a dar cumplimiento a una de las obligaciones que surgen para el Estado chileno de dicha sentencia: la que establece que “el Estado debe adoptar, en un plazo razonable, las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la información bajo el control del Estado”.